¿Qué deben tributar las sociedades y entidades extrajeras en Colombia?

October 24, 2023

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¿Qué deben tributar las sociedades y entidades extrajeras en Colombia?
Nuestro abogado tributario en Bogotá maneja frecuentemente casos de empresas y sociedades extranjeras con actividad comercial en nuestro país. En este articulo queremos brindarte los detalles relacionados al tema fiscal y tributario que enmarca a las empresas extranjeras dentro de Colombia.

Las sociedades y entidades extrajeras que forman parte del aparato productivo del Estado colombiano, así como toda sociedad nacional, deben cumplir con todos los requisitos exigidos por ley, desde su proceso de constitución y durante el desarrollo de su actividad económica. De estas exigencias legales no escapa el hecho de que deben hacer de manera oportuna el pago de tributos o impuestos, lo que implica que, deben apegarse a los procesos que se tramitan ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

El Código de Comercio define sociedad extranjera como aquellas "constituidas conforme a la ley de otro país y con domicilio principal en el exterior" (art. 469), es decir, que las sociedades y entidades extrajeras son consideradas como tal, cuando su sede principal se encuentra fuera del país, pero también desarrollan su actividad económica dentro del territorio colombiano a través de lo que se conoce como sucursales, Por lo tanto, al formar parte de las entidades que se encuentran dentro del Estado colombiano, deben cumplir con las mismas exigencias fiscales que cualquier sociedad o entidad nacional.

Les corresponde:
  • Someterse a la vigilancia del Estado a través de la Superintendencia Bancaria o de Sociedades (art. 470 Código de Comercio).

  • Tramitar la Inscripción del Registro Único Tributario (RUT), para garantizar el libre desarrollo de su actividad económica y relación con terceros.

  • Cumplir con las contribuciones fiscales como cualquier empresa que se encuentra en Colombia, para evitar que los revisores fiscales detecten cualquier irregularidad que pueda ser causante de suspensión o revocación del permiso de funcionamiento.

  • Entre otras obligaciones.
Las Sociedades y entidades extranjeras son contribuyentes:
El art. 20 del Estatuto Tributario expresa que, "salvo las excepciones previstas en los tratados internacionales y en el derecho interno, son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios las sociedades y entidades extranjeras de cualquier naturaleza, únicamente en relación con sus rentas y ganancias ocasionales de fuente nacional, independientemente de que perciban dichas rentas y ganancias ocasionales directamente o a través de sucursales o establecimientos permanentes ubicados en el país".

Qué deben tributar las sociedades y entidades extrajeras en Colombia
En consecuencia y según esta ley que rige todo lo concerniente al pago de tributos, las sociedades y entidades extranjeras por ser consideradas contribuyentes del Impuesto Sobre la Renta y complementarios, deben contribuir conforme a lo obtenido como ganancias dentro del territorio nacional y en relación con sus rentas, las cuales deben declarar oportunamente. Las sociedades y entidades extranjeras reciben el mismo régimen estipulado para las sociedades anónimas nacionales.

Es importante que toda sociedad o entidad extranjera, aun tratándose de una sucursal, cuente con un establecimiento permanente, es decir, un lugar fijo para el desempeño de su actividad económica dentro del país.

Tributación de las Sociedades y Entidades extranjeras en Colombia (art. 20-2 Estatuto Tributario):
Toda entidad o sociedad extranjera residente en Colombia y que tenga un establecimiento permanente o sucursal en el país, es contribuyente del impuesto sobre la renta y complementarios. Tanto las rentas como las ganancias ocasionales serán determinadas en relación a criterios de funciones, activos, riesgos y personal involucrados en la obtención de dichos resultados, Para lo cual, estos establecimientos permanentes y las sucursales de sociedades extranjeras deben llevar la contabilidad separada en la que se dividan claramente los ingresos, costos y gastos que les sean aplicables.

En conclusión, es necesario que toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera, cumpla con sus obligaciones fiscales y el pago a tiempo de los tributos o impuestos que le corresponden, de manera que, se puedan evitar sanciones legales y que el Estado colombiano pueda obtener la contribución necesaria para el mantenimiento de los gastos públicos de la nación.

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